En Valladolid, a 17 de enero de 2019
De una parte, Acme, con CIF nº B00000001, con domicilio en Calle Acera de Recoletos, 6 Entreplanta centro Valladolid, en cuyo nombre actúa NOMBRE DE LA PERSONA APODERADA, titular del D.N.I. NÚMERO DNI, con el mismo domicilio.
Y de otra, TecnoInnova, con CIF , con domicilio en Valladolid, en cuyo nombre actúa NOMBRE DE LA PERSONA APODERADA, titular del D.N.I. NÚMERO DNI, con el mismo domicilio.
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto,
I.- Que TecnoInnova se dedica a la prestación de servicios informáticos, y entre éstos realiza la programación y desarrollo de software y/o aplicaciones informáticas.
II.- Que Acme y TecnoInnova están interesados en establecer una relación contractual y que hasta su formalización tendrán que intercambiar información que puede tener carácter confidencial y/o estar sujeta a derechos de propiedad industrial o intelectual.
III.- En virtud de este intercambio de información, ambas partes pueden tener acceso a información confidencial de la otra parte y sus productos, en concreto sobre el proyecto Contrato de confidencialidad sobre el que TecnoInnova trabaja. El mantenimiento de esta información como confidencial y secreta es del máximo interés para ambas partes.
Por tanto, ambas partes acuerdan las siguientes:
PRIMERA.- FINALIDAD: El objeto de este acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo las cuales las partes mantendrán la confidencialidad de la información intercambiada entre ellas. Este acuerdo no constituye ningún acuerdo de licencia, contrato de desarrollo o similar.
Las obligaciones de las partes en este acuerdo se circunscriben a las expresamente fijadas en el mismo.
En caso de que, a raíz del estudio de la información intercambiada, las partes decidan establecer cualquier tipo de colaboración, las partes firmarán un contrato a tal efecto, el cual pasarán a regular la relación contractual entre ellas en sustitución del presente acuerdo.
SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD: A efectos de este acuerdo se entiende por Información Confidencial toda aquella que sea suministrada como tal por cualquiera de las partes.
Ambas partes se comprometen, en su nombre y en el de todo el personal que trabaje a su cargo, a mantener en la más estricta confidencialidad y no revelar a ninguna persona física o jurídica cualquier Información Confidencial, en cualquier formato, a la que pudieran tener acceso en virtud del intercambio de información que van a llevar a cabo.
Cada una de las partes, sólo dará acceso a la Información Confidencial a aquellos trabajadores a su cargo, subcontratistas o colaboradores autorizados que requieran dicha información para poder establecer las características de una futura relación entre TecnoInnova y Acme, y que, previamente advertidos, habrán aceptado tratar la información de acuerdo con lo aquí establecido.
Las obligaciones estipuladas en el presente acuerdo no serán de aplicación respecto de cualquier información que cumpla alguna de las siguientes condiciones:
Que sea de dominio público a la fecha de la recepción de la información o que posteriormente a la recepción se convierta en información de dominio público por medios ajenos a la intervención de las partes.Que la información recibida proceda de un tercero que no exige secreto.Que la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida.Que sea requerida por imperativo legal.
El intercambio de información, se llevará a cabo de manera documentada (bien por escrito o de forma electrónica) y con firma de recibo por la parte receptora. Una vez se le haya entregado, será responsabilidad de la parte receptora el correcto tratamiento de la información recibida para preservar su carácter confidencial.
TERCERA.- DURACION: Este acuerdo regirá durante el período en que ambas partes intercambien información que no esté sujeta a cualquier otra relación contractual.
No obstante lo establecido en el punto anterior, cada parte se compromete a mantener confidencial de forma indefinida tras la finalización del presente acuerdo la información intercambiada con objeto del mismo.
Tras la finalización del presente acuerdo, y a petición por escrito de la parte suministradora, cualquier Información Confidencial revelada será rápidamente devuelta por la parte destinataria a aquella. En este sentido, cualquier copia de la citada Información Confidencial ya sea en forma escrita o en cualquier otra forma (gráfica o electrónica) deberá ser devuelta o destruida.
CUARTA.- DERECHOS DE PROPIEDAD: Toda información intercambiada será propiedad exclusiva de la parte de donde proceda, y no será necesaria la concesión de licencia para dicho intercambio. Ninguna de las partes utilizará la información suministrada por la otra parte para su propio beneficio o con finalidad distinta de la de establecer las características de una futura relación entre TecnoInnova y Acme.
QUINTA.- COMPROMISOS DE LAS PARTES: Acme se compromete a no fabricar, desarrollar, aplicar, comercializar, vender y distribuir en su propio beneficio, las aplicaciones concretas que conjuntamente sean desarrolladas y propuestas por TecnoInnova sin su consentimiento por escrito.
TecnoInnova se compromete a no divulgar los estudios y resultados, en curso o ya finalizados, fruto de su relación con Acme hasta que no exista mutuo acuerdo entre las partes.
SEXTA.- MODIFICACIÓN: Este acuerdo cancela y reemplaza cualquier otra propuesta, acuerdo y/o negociación previos ya sea oral o por escrito, entre las partes sobre la materia objeto del mismo y se constituye en el acuerdo completo entre ambas partes.
El presente acuerdo de confidencialidad o cualquier cláusula del mismo podrán ser modificados o corregidos por acuerdo mutuo entre las partes.
Las nuevas modificaciones y/o correcciones deberán ser autorizadas y presentarse por escrito y firmadas por ambas partes.
SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN: Acme y TecnoInnova se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente acuerdo.
En caso de conflicto, ambas partes acuerdan renunciar expresamente a su propio fuero o del que pudiera corresponderles en cuantas cuestiones o litigios se susciten del motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento del presente acuerdo, sometiéndose para tal supuesto a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados de Valladolid y sus Tribunales superiores. La ley aplicable será la española, salvo la referencia expresa hecha a otras normas de carácter convencional.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes acuerdan y firman el presente de manera electrónica.